Demanda Reclamación de Cantidad a ex conyuge en Separación De Bienes

MODELO FORMULARIO DEMANDA SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD A EX CONYUGE, CASADOS EN REGIMEN DE SEPARACION DE BIENES, POR SER DEUDAS PROPIAS NO DESTINADAS AL LEVANTAMIENTO DEL MATRIMONIO. Confeccionado por Abogado y Profesor de Universidad.

ABSTRACT INFORMATIVO:

Se deduce demanda en reclamación de cantidad contra ex cónyuge,   habiendo regido el régimen separación de bienes.  Las  deudas que se relacionaban, abonadas por la “parte actora”, eran  de titularidad exclusiva de la “parte demandada”, porque estaban causadas por su actividad profesional, por estar destinadas a la adquisición de bienes propios, o porque  habrían de ser abonadas de por mitad al ser ambos deudores.

No se habían destinado al levantamiento o sostenimiento de la familia, sino que se trataba de deudas contraídas por la parte demandada, con destino de la adquisición de sus bienes propios o del ejercicio de su actividad, exclusivamente asumidas (artículo 1.440,1), o de gastos que son de cargo de ambos y que han de abonar de por mitad.

En el régimen de separación de bienes los cónyuges gobiernan libremente su propio patrimonio, obtienen para sí sus ingresos y rentas, gastan y adquieren con total independencia el uno del otro, por lo que las obligaciones contraídas por cada uno, que no obedezcan al sostenimiento de la familia ni se contraigan en el ejercicio de la potestad doméstica, son de su exclusiva responsabilidad (artículo 1.437-1 del Código Civil en relación  con el 1.440).

Las sumas abonadas, por aplicación analógica en sede de la sociedad de gananciales, fueron actualizadas (artículo 1.398, 3ª del Código Civil) en base  al IPC. Conforme prescribe el artículo 265,2 de la LEC, se dejaron citados los archivos de la entidad bancaria en la que tuvo cuenta la parte demandada, y a los que no se tenía  acceso por ser tercero ajeno.

La parte demandada formuló reconvención. La sentencia fue estimatoria  de la demanda y desestimatoria de la reconvención; no se presentó recurso de apelación por la parte demandada.

Incluido el 0%% de impuesto

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