Seguramente sea la situación económica que desgraciadamente estamos pasando, pero últimamente parece que hay una reticencia por parte de algunos Juzgados de Primera Instancia a embargar, cuando se pide el embargo de una vivienda para el pago de una deuda manifiestamente inferior al valor del bien.
En este caso hay que equilibrar el derecho del acreedor , frente al del deudor, cuando tras un juicios por deudas, se solicita por el acreedor la ejecución de la vivienda por cuantía superior a lo reclamado. ¿Se puede embargar la vivienda habitual por deuda con la comunidad? En este caso…¿Qué puede hacer el deudor?
Es decir, se pide el embargo de un inmueble, por ejemplo para el pago de una deuda de 10.000 euros, cuando el valor de la misma excede bastante en dicha cuantía.
Ver El Embargo de Bienes por deudas:lo básico que hay que saber.
En este caso, el Juzgado de Primera Instancia puede alegar no haber lugar al embargo por ser desproporcionado el valor del inmueble con relación a la deuda.
La primera condición que se debe exigir al Juzgado es que sea una decisión fundada, y ello trae problemas, sobre todo, en aquellos casos en que, es el único bien que se encuentra para trabar el embargo.
Esta mala praxis, tiene su respuesta en el art. 584 de la LEC, en el que admite la posibilidad de embargo en esos casos, siempre que se pueda acreditar que dicho bien es el único que tiene el ejecutado.
El art. 584 de la Lec., establece ” No se embargarán bienes cuyo previsible valor exceda de la cantidad por la que se haya despachado ejecución, salvo que en el patrimonio del ejecutado sólo existieren bienes de valor superior a esos conceptos y la afección de dichos bienes resultare necesaria a los fines de la ejecución”.
En base a ello, la decisión del Juzgado de Primera Instancia de inembargabilidad del inmueble, es claramente no ajustado a derecho y recurrible.
El problema en la práctica para el acreedor, es que , mientras se produce dicha averiguación para acreditar la inexistencia de esos bienes, o caso de tener que recurrir, nuestro “amigo” el tiempo, transcurre , y podemos encontrarnos con que alguien se nos “cuele” en el orden de prelación del embargo, es decir, lo anote antes, con los perjuicios que ello puede conllevar.
En el caso que hubiera que pedir, la mejora de embargo, también tendríamos el problema del tiempo, y la posibilidad que se nos adelanten en el embargo.
Lo correcto sería presentar la Demanda ejecutiva, solicitando la averiguación de bienes del ejecutado a través de la aplicación informática del Punto Neutro Judicial, obtener información sobre la inexistencia de cuentas, saldos, pensiones, etc., y en base a ello, solicitar el embargo de la vivienda, acreditando que es el único bien.
De no concederlo, sólo quedará recurrir , con el consiguiente problema del transcurso del tiempo en favor de otros que soliciten también la anotación de embargo.
¿Qué puede hacer el deudor en caso de Embargo de vivienda cuyo valor exceda de la deuda?
El principal problema para los deudores, en estos casos , es el bloqueo de su patrimonio por deudas de cuantía muy inferior al de la vivienda embargada.
Pensemos en los supuestos de empresas, multinacionales o bancos, o de la comunidad de propietarios que solicitan al juzgado el embargo por ejemplo un inmueble, de valor superior al de la propia deuda(devolución de recibos, impagos de cuotas, etc.)
Como hemos visto anteriormente, el art. 584 LEC, prohíbe expresamente la cuestión, precepto que además debe ponerse en relación con los siguientes artículos:
- artículo 592.1 : ” Si acreedor y deudor no hubieren pactado otra cosa, dentro o fuera de la ejecución, el Secretario judicial responsable de la ejecución embargará los bienes del ejecutado procurando tener en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el ejecutado“.
- artículo 612.1: ” …También el ejecutado podrá solicitar la reducción o la modificación del embargo y de sus garantías, cuando aquél o éstas pueden ser variadas sin peligro para los fines de la ejecución, conforme a los criterios establecidos en el artículo 584 de esta Ley.”
Ordenes de Embargo
En consecuencia, será necesario examinar la Orden de Embargo dictada por el Secretario Judicial, y solicitar mediante ESCRITO, y a través del incidente del Art. 612 LEC , que se acomode el embargo a la cuantía real de la deuda.
En dicho supuesto el Secretario puede dar la razón, o en caso contrario, si se deniega la petición, formular recurso de revisión ante la Audiencia Provincial, que no tendrá efectos suspensivos, es decir, que el embargo seguirá adelante hasta que se resuelva por la Audiencia Provincial.
¿Alguna solución más para el embargo de este tipo de casos?
TENGO UNA DEUDA DE 15.000.- € CON UN BANCO, ME HAN EMBARGADO LA PENSION
210.- € MENSUALES, EL COCHE QUE QUIEREN SUBASTAR, VALOR UNOS 10.000.- UN TRASTERO VALOR UNOS 5.000.- Y UN PROINDIVISO DE UN INMUEBLE VALORADO EL PROINDIVISO EN 30.000.- €
LES HE PAGADO 6.000.- € NO QUIEREN NEGOCIAR, ME VAN A COBRAR 210 € MENSUALES
Y LES HE SOLICITADO QUE LIBEREN EL COCHE, EL TRASTERO Y ELPROINDIVISO, A VAMBIO DE ENTREGAR 4.000.- €, Y EL RESTO CON CARGO A LA PENSIÓN Y NO QUIEREN.
QUE PUEDO HACER
Tengo una deuda de 10000 euros con la Diputación Provincial de jaen de una ayuda que me dieron para montar un bar por culpa de la crisis tuvimos que cerrar y me reclaman que devuelva el dinero como no puedo devolver el dinero me han embargado mi casa que la tengo con hipoteca ahora me manda una carta que si no pago la deuda en 10 días la sacan a subasta que puedo hacer para impedir la subasta puesto que no puedo pagar la deuda
Me gustaría saber que puede ocurrir si llegan a solicitar orden de embargo a unos vienes gananciales.
Hola tengo una deuda de prestamos personales de 2000 euros y tengo una hipoteca del 50% con mi pareja me puede embargar el 50%del inmueble que es mi parte
buenas tardes. El caso es el de una familia que conozco. Verá, tienen únicamente un piso con una hipoteca de 150.000 euros, y un garaje con una hipoteca de 30.000,00 euros. La hipoteca del piso no se paga desde hace cinco años, y la cuota mensual era de unos 1400,00 euros, con lo que ya se deben más de 84.000,00 euros, más intereses y demás. Se pagó algo, pero no mucho durante los primeros años, vamos que la hipoteca está casi íntegra. Respecto a la hipoteca del garaje se ha dejado de pagar durante diez meses y la cuota mensual era de unos 400, quedan unos 20.000 euros de hipoteca: no obstante, estos inmuebles tienen cargas además de las hipotecas, derivadas de los negocios que vinieron a menos en los años de crisis, ascendiendo a unos 400.000 euros. Mi pregunta es, es posible que los bancos no actúen, por qué, o será el juzgado?. Ellos viven en el piso pero aún no se ha embargado que se sepa ni salido a subasta, tampoco el garaje. Puede que sea porque hay muchas deudas detrás, porque el valor del piso no cubre la hipoteca, porque el juzgado no actúe..
El juzgado me reclama 10000 de un proceso judicial y al no proceder al pago he recibido una comunicación de embargo de cuentas y bienes inmuebles.¿cuánto tiempo pasa hasta que se llega a la subasta judicial.?
No es comentario es una pregunta.
Necesito que el juzgado me entregue mandamiento de embargo de una moto de un inquilino que no paga ya que es el unico bien embargable,el juzgado solicito averiguación de los bienes y no tiene nada. pero me lo han denegado porque dice que considera que el previsible valor del bien cuyo embargo se solicita excede de la cantidad por la que se ha despachado ejecución.
Como puedo hacerlo? Mañana se me cumplen los 5 dias y ademas me exigen un deposito DA 15ª DE LA LOPJ
Buenas tardes,me ha llegado una notificación para un monitorio por una deuda de 10000 principal y 700 intereses.Estoy casado con separación de bienes y queremos comprar una finca rustica(valor 130000).La hipoteca sería a nombre de los dos y la finca a nombre de ella.¿En que me repercutiría el monitorio si ya hice la compra de la finca?
Soy fijo discontinuo con nomina de 1200 euros,¿me embargarian la parte embargable de la nomina o irían por la finca recién hipoteca?
tengo una deuda de 1200 euros con la opaef, me dicen que me embargan dos propiedades con un valor entre las dos de mas de 400000 euros, pueden subastar mis inmuebles por no poder pagar en estos momentos?
Hola ,me embargan el 50% de mi vivienda .Se puede pedir al juzgado un trato ?
Tengo una plaza de garaje ,darla y pagar una mensualidad ,ya que el banco no me deja el dinero para pagar la deuda ?
Gracias
hola buenas tardes !!! Yo tengo un inmueble eredado de mis padres que por motivo de un negocio que era yo autónomo mi marido dejó de pagar en acienda sale envargado por el total de 18000€ que debo !!! Mi pregunta es la siguiente puedo ir a un banco a pedir una tasación del mismo para pagar la deuda y así quedarse libre con el inmueble como aval y poder pagar la deuda y pedir para restauración del mismo????.me gustaría que me respondiera cuanto antes por favor!!
Tengo una deuda por un coche 11.000e…como no puedo pagarla le llego al avalista ya fallecido le fue a su hija…una notificación judicial!!que quiere decir eso?que puedo hacer??llame a la financiera me pide todo el dinero o siguen por lo judicial.la notificación pueden embargar cuentas bancarias??
Les entregas el coche y listo!
Tengo una deuda con carrefour que fue vendida no trabajo ni tengo nómina pero tengo un piso que aún devo 26000 euros al banco me podrían embargar el piso
Que sucede en caso que exista el embargo de un inmueble, pero el valor según avalúo es superior a la deuda. El valor excedente a favor del dueño del inmueble lo pierde?
Ejemplo: deuda $30,000,000 valor avalúo inmueble $80,000,000. Que pasa con los $50,000,000 de excedente?
Hola tengo una deuda con el banco, la deuda era de 27000 euros y ahora esta en 50000euros, ahora me vino una carta de embargo del juzgado, me embargan mi casa que esta tasada en 138000euros, yo les pagaba con un piso este esta tasado en 72000 pero tiene una hipoteca de 16000, estos no lo aceptan, quisiera saber si estoy en mi derecho de hacer que acepten el piso por que el piso saldaria la deuda? Muchas gracias
Hola tengo una deuda con el banco de 10000 euros y me lo van a reclamar judicialmente.
A parte tengo un piso con valor de tasación de 120000 euros y me quedan 100000 de hipoteca.
También tengo una nómina de 2000 euros netos mensual como funcionario interino.
Puede ser que lleguen a embarcarme el piso o solo me embargaran la nómina.
Gracias
Hola. Tengo deuda con mi ex por 10.000 euros. Me quede sin trabajo y al solicitar bajar la pension, el juez la denego. Sigo pagando una pension para mi hija de 250 euros el lugar de los 470. Lo poco que gano es embargada. En 4 anos se acaba el pago de mi hipotecas. Corro el riesgo de embargo ? No puedo pagar un abogado. Mi hipotecas la paga mi amigo, quien podrà quedar-se con el piso. Gracias
Si me quitan mis derechos constitucionales por que tengo el jucio contra una persona que trabaja en ese juzgado puedo paralizar el embargo llendo al Tribunal Supremo por que me prohibieron denunciar amenazas gracias por si me contestan
Buenas tardes? Tengo un monitorio con Cetelem me reclaman 6500€ que tuve que dejar de pagar hace unos 7 anos. Estuve pagando durante 10 anos y por lo visto no he amortizado nada. Mi pregunta es me pueden embargar mi piso por esa cantidad? Yo ahora trabajo pero cobro 690€ al mes. Gracias un saludo
hola tengo un embargo de 15000 y me van a empezar a a descontar la parte de mi salario , en mi caso cobro 1300 euros, no tengo propiedades, pero si aparesco en la escritura de la vivienda de mi madre por el 25% pero en el catastro la vivienda esta al 100% de mi madre, me pueden embargar la casa de mi madre