¿Qué plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo?

¿Cuál es el plazo para interponer recurso contencioso administrativo?

Si un ciudadano pretende reclamar judicialmente a una Administración, bien sea del Estado, autonómica o Local, debe iniciar esa reclamación mediante un Recurso Contencioso Administrativo.

Generalmente se puede interponer contras las disposiciones de carácter general(leyes, reglamentos…), actos expresos de la administración y en los casos de actos presuntos, es decir, en caso de silencio administrativo (cuando pasa un plazo y la administración no resuelve nada o en caso de inactividad de la administración.

También cabe la interposición de recurso contencioso administrativo frente a actos que se dicten aplicando disposiciones que se entiendan que no son conformes a derecho.

Pues bien, el Plazo Para Interponer Recurso Contencioso Administrativo es distinto según el tipo de procedimiento administrativo que corresponda en función del tipo de acto de la administración….

Distinguimos pues varios supuestos…

¿Qué Plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo?

El plazo contra acto expreso, está regulado en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, siendo con carácter general de 2 meses desde

  • la publicación de la norma
  • que la Administración requirente hubiera conocido o podido conocer el acto, actuación o inactividad.

 plazo para interponer recurso contencioso administrativo agosto

Por lo tanto, si el acto es expreso, hay que interponer en el plazo de 2 meses el recurso contencioso administrativo.

Dicho plazo de 2 meses se cuenta desde el día siguiente al de la publicación de la disposición o la notificación de la resolución del recurso de resposición que se impugna o que pone fin al acto administrativo.

➤ Plazo para interponer recurso contencioso administrativo por silencio administrativo

En caso la interposición contra acto presunto, el plazo de 6 seis meses se cuenta desde que que se produzca el acto presunto, es decir, cuando por ejemplo la Administración no dicta un resolución tras silencio negativo…(el caso claro cuando se hace una petición a la administración y ésta no contesta)

➤ Plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo: El mes de Agosto.

Hasta la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativo, el mes de agosto era hábil en materia contenciosa-administrativa.

A partir de dicha ley, el art. 128 1, determina que el mes de agosto es inhábil (salvo en materia de derechos fundamentales)

“Durante el mes de agosto no correrá el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo ni ningún otro de los previstos en esta Ley salvo para el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales en que el mes de agosto tendrá el carácter de hábil”.

Pongamos un ejemplo.

Si la notificación del acto que se recurre se produce el 2 de Julio, el plazo finalizará el 2 de Octubre, por cuanto que el mes de agosto no se cuenta para el cómputo.

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6 comentarios en “¿Qué plazo hay para interponer recurso contencioso administrativo?”

  1. Buenos dias
    mi recurso de alzada ante el CCACM fue desestimado, dandome 2 meses para interponer recurso contencioso administrativo. Se trata de un proceso ordinario o de un proceso expreso? me notificaron por email, es valida esta notificacion? El CCACM envio el correo el 5 de mayo y yo recien abri el correo el 14 de mayo… cual fecha es valida para poner el recurso?
    lo que me fue denegado es mi reincorporacion en el icam por no estar inscrita al 31.10.2011.
    Agradezco de antemano su gentil cooperacion y guia en este asunto.
    Atte., Roxana

  2. Hola, ante un presunto agravio comparativo (vulnerabilidad artículo 14 de la CE) en un procedimiento administrativo de proceso selectivo, terminado el procedimiento y presentando recurso de alzada, cuanto debo esperar por silencio administrativo para presentar el recurso contencioso administrativo?, y en su caso, una vez presentado este, sería bajo los principios preferente y sumarial no?, incluso obteniendo una respuesta desfavorable de este Juzgado, podría entonces presentar el recurso de amparo?
    gracias por su contestación

  3. Buenas tardes,
    Mi caso es el siguiente:

    El 29 de noviembre de 2017, tras pasar y aprobar tanto pruebas psicotécnicas, idioma, personalidad y conocimientos y estar en el puesto 90 de 139 plazas, tuve una lesión.
    Las pruebas en cuestión se trataban de las de acceso al cuerpo de Policia Municipal de Madrid.
    Esta lesión se produjo en la realización de las pruebas fisicas, en concreto una rotura total del tendón de Aquiles que me incapacitó para seguir realizando mas pruebas. Fui atendido insitu y operado días más tarde.
    Mi pregunta es si hubiera algúna disposición legal que me amparara, y de ser así como sería el procedimiento para hacerlo.
    El proceso sigue en marcha, y no está finalizado aún.
    Un saludo, gracias.

  4. RÁFAEL ALCAIDE CALDERÓN

    El 7 de febrero se me notificó una resolución administrativa contra la que pretendo interponer recurso contencioso administrativo; considerando la actual suspensión de los plazos procesales, cual es la fecha límite para interponer dicho recurso? Gracias

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