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Inscribir a tu hijo en el registro civil
Cuándo exactamente: Dentro de los 8 días siguientes al parto. Este plazo solamente puede ser postergado por causas de fuerza mayor.
Dónde:Lo normal es registrarlo en la localidad en la que ha nacido, aunque también se puede hacer en el lugar en el que vais a vivir. Además, si los padres viven en diferentes localidades, el niño o niña habrá de ser censado en la localidad donde nació. Si la madre está separada o divorciada, ha de llevar un documento que lo acredite o dos testigos. Si la madre es viuda habrá de llevar el certificado de matrimonio y el de defunción de la pareja.
Quién y cómo: Este trámite ha de hacerlo cualquier familiar directo del bebé. Si los padres no están casados y el padre quiere reconocer al bebé, habrán de ir los dos al registro. Si el bebé no tiene padre que lo reconozca, tomará los apellidos de la madre, en el orden que ésta elija.
Documentos
- DNI de ambos progenitores
- Certificado médico del doctor que asistió a la madre en el parto
- Libro de familia
- Hoja de preguntas para el Instituto Nacional de Estadística
Solicitar la baja por Paternidad
Cuándo exactamente: Hay que hablar con el empleador lo antes posible para que vaya preparando los papeles.
El padre tiene derecho, desde la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la Ley 9/2009 de ampliación del permiso de paternidad y desde el 1 de enero de 2017, a un permiso de cuatro semanas.
Tiene que haber cotizado 180 días antes para tener derecho. O bien haber cotizado 360 días en toda la vida laboral.
Antes de que tenga lugar el parto, has de avisar a la empresa, para que hagan los trámites necesarios con la seguridad social, mediante el certificado de baja, ya que esos días no los paga la empresa.
La baja por Paternidad se solicita en las oficinas de la Seguridad Social y y hay que rellenar el modelo oficial de Solicitud de Maternidad-Paternidad
Baja Maternal
La baja maternal se solicita en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social(INSS).
Tras el parto toda mujer embarazada tiene derecho a 16 semanas de baja maternal. Las primeras seis son de disfrute obligatorio de la madre pero luego la posibilidad de combinar la baja con la de paternidad permite a los padres pasar también un tiempo con el bebé.
Documentos importantes
A continuación sigue una lista de los principales documentos acerca de los cuales los padres primerizos se preguntan tras el parto:
Empadronamiento
Necesitará tener varios documentos a mano
- DNI o Pasaporte (original y fotocopia de ambos padres).
- Tarjeta de la Seguridad Social de ambos.
- Libro de familia.
También serán imprescindibles los análisis clínicos preparto, es decir, los últimos análisis que le hicieron a la madre. Los tendrán que entregar en el momento en que se ponga de parto en el hospital. Además, necesitarán las tres últimas nóminas de la madre y el impreso de prestación social de Maternidad. Lo ideal es que lo recojan en la oficina de la Seguridad Social que esté más cerca de su domicilio y lo dejenrellenado. Gracias a él, se tramitará la baja laboral por maternidad, la baja del médico de cabecera y el certificado de empadronamiento.
Seguridad Social y mutuas
Para incluir al hijo en la cartilla de la Seguridad Social de los padres, hay que ir al reguistro de la Seguridad Social con sus documentos e inscribirlo. En el caso de que tengan un seguro privado, lo mejor es preguntar a la mutua, ya que cada uno tiene sus propios trámites.
El libro de familia
El libro de familia lo reciben todas las parejas que se casan. También lo reciben aquellas que no se casan cuando tienen un hijo. También las madres solteras reciben el libro cuando dan a luz.
Libro de familia numerosa
Lo reciben las familias cuando tienen su tercer hijo. Para solicitarlo necesitará:
- Una foto y llevar dos fotos de toda la familia.
- Fotocopia y original de los DNIs de los padres.
- Fotocopia y original del libro de familia.
DNI
El DNI es obligatorio a partir de los 14 años para los residentes en España. Hay que rellenar un impreso, aportar dos fotografías y por supuesto pagar para que nos registren al hijo. Una vez hecho, hay que renovarlo cada 5 años. Los menores de 14 años también pueden hacerlo, pero no es obligatorio… ¿Para qué entonces?
Pasaporte
Hasta los 14 años los niños pueden estar incluidos en el pasaporte de sus padres, a partir de esa edad se considera que son lo suficientemente mayores como para tener uno propio y pagar por él.
Estranjeros residentes en España
Pueden hacer todos los trámites al igual que los españoles, pero sus padres han de aportar la tarjeta de residencia.